Los ayuntamientos restantes tenían la facultad de votar el proyecto, sin que ello afectara el proceso legislativo, ya que se da cumplimiento a lo estipulado en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala. Por lo tanto, las reformas fueron declaradas aprobadas.
Durante la vigésimo octava sesión ordinaria del Congreso del Estado, las diputadas y los diputados que integran la Mesa Directiva de la LXV Legislatura presentaron ante el Pleno el acuerdo por el que se declara aprobado el Decreto que estipula reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones a la Constitución en materia de reforma al Poder Judicial.
En voz de la diputada Brenda Cecilia Villantes Rodríguez, se informó que de los 60 ayuntamientos de Tlaxcala, 31 remitieron a la oficialía de partes una copia certificada del acta de cabildo en la que aprobaron el Decreto 119, que contiene reformas a los artículos 19, 22, 25, 35, 44, 54, 60, 70, 79, 80, 83, 84, 85, 89, 95, 97 Bis, 109 y 112 Bis de la Constitución local.
Los municipios que aprobaron el Decreto fueron: Tlaxcala, San Damián Texoloc, Españita, Muñoz de Domingo Arenas, Tepeyanco, Santa Cruz Tlaxcala, Apizaco, Totolac, Tepetitla de Lardizábal, Sanctórum de Lázaro Cárdenas, San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxco, Panotla, Tenancingo, Tetlatlauhca, San Jerónimo Zacualpan, Calpulalpan, Tocatlán, Ixtenco, Huamantla, Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Teolocholco, Amaxac de Guerrero, Santa Isabel Xiloxoxtla, La Magdalena Tlaltelulco, Tetla de la Solidaridad, Xaloztoc, El Carmen Tequexquitla, San Lucas Tecopilco, Chiautempan y Benito Juárez.
Se destacó que los ayuntamientos restantes tenían la facultad de votar el proyecto, sin que ello afectara el proceso legislativo, ya que con la aprobación de la mayoría de los municipios se dio cumplimiento a lo estipulado en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala. Por lo tanto, las reformas previamente citadas fueron declaradas aprobadas.