La diputada Marcela González Castillo, presentó la iniciativa.

Durante la décima tercera sesión ordinaria del Congreso local, las y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron la Ley de Áreas Naturales Protegidas del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, que presentó la diputada Marcela González Castillo integrante de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala.

La presente Ley tiene por objeto regular las áreas naturales del Estado, a fin de ser preservadas, conservadas, restauradas y protegidas; por lo que se deberá adoptar lineamientos, mecanismos institucionales, programas, políticas, acciones, medidas relacionadas para el financiamiento de su operación, instrumentos para promover la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y acciones tendientes a impulsar la capacitación y personal técnico de apoyo.

Se considerará objeto de conservación, preservación, restauración y protección aquellos espacios naturales en los que el entorno original no haya sido, significativamente alterado por la actividad humana o aquellas que representan especial relevancia para la entidad; para tal efecto las autoridades emitirán las declaratorias de protección correspondiente y su administración estará a cargo de la Secretaría del Medio Ambiente en coordinación con los municipios quien tendrá a su cargo el Programa de manejo que regule su funcionamiento y facilite su administración, observando en todo momento el cuidado a la biodiversidad.

Esta nueva Ley busca luchar contra la desigualdad y la discriminación y garantizar los derechos de todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad y colocando la igualdad en el centro del desarrollo sostenible.

Por ello se proporcionará al público en general los servicios de visitas guiadas a grupos de escolares; proyecciones sobre temas ambientales y biológicos; exposición de buenas prácticas de conservación; cursos de educación ambiental; y 

eventos culturales.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

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