Aprobado por mayoría de votos, este Dictamen modifica los artículos 19, 22, 25, 35, 44, 54, 60, 70, 79, 80, 83, 84, 85, 89, 95, 97 BIS, 109 y 112 BIS de la Constitución local.

Con el objetivo de armonizar el marco constitucional local con el modelo de justicia que establece la reciente reforma a la Constitución General, la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que preside el diputado Jaciel González Herrera, presentó ante el Pleno el Dictamen de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala en materia de democratización de la función jurisdiccional.

Aprobado por mayoría de votos, este Dictamen modifica los artículos 19, 22, 25, 35, 44, 54, 60, 70, 79, 80, 83, 84, 85, 89, 95, 97 BIS, 109 y 112 BIS de la Constitución local. Estas reformas buscan garantizar que las personas juzgadoras sean idóneas y que sus resoluciones respondan exclusivamente al compromiso con el sistema jurídico mexicano, libres de acuerdos, presiones, amenazas o influencias externas. Con ello, se consolida un Poder Judicial local verdaderamente independiente.

Entre las principales modificaciones destaca el nuevo modelo de integración del Poder Judicial, que introduce un método democrático de elección, la sustitución del Consejo de la Judicatura de Tlaxcala por el Tribunal de Disciplina Judicial del Estado y el Órgano de Administración Judicial del Estado. Estas instancias tendrán facultades para evaluar la legalidad de las conductas de los servidores públicos judiciales y gestionar la carrera judicial en el ámbito estatal.

Con la aprobación de estas reformas, el Congreso del Estado cumple en tiempo y forma con las adecuaciones locales necesarias derivadas de las reformas a la Constitución General. El Decreto fue remitido a los sesenta ayuntamientos que integran al estado de Tlaxcala para los efectos del Artículo 120 de la Constitución del Estado.

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